Condena de la UE a España por no eliminar 60 vertederos ilegales
ECOTICIAS
Duras críticas de la UE
España tiene un problema con la gestión de vertederos ilegales y desde hace años la Comisión viene instando al Gobierno a resolverlo; de hecho, ya en 2014 Bruselas envió al Tribunal de Justicia de la UE un dictamen solicitando que España fuera condenada por no cumplir con sus obligaciones.
El Tribunal de Luxemburgo concluye ahora, que se ha producido tal incumplimiento en 60 vertederos, la mayoría de ellos ubicados en Canarias (24) y Castilla y León (26), que ha acabado por acusar a España de no aplicar medidas coercitivas para evitarlo.
Esta es la segunda sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que condena a España por los vertederos incontrolados. La primera data de febrero de 2016 y afectó a otros 30 vertederos ilegales. En ambos casos y por ahora, la condena no conlleva aparejada la aplicación de una multa, pero advierten que ese es el próximo paso.
En esta última sentencia, los jueces europeos concluyen que, en el caso de esos 60 vertederos, España no ha aplicado: “las medidas necesarias para garantizar que la gestión de los residuos se lleve a cabo sin poner en peligro la salud humana, ni perjudicar al Medio Ambiente, creando riesgos para el agua, el aire o el suelo o para la fauna y la flora”.
Además, también les acusa de no haberse asegurado de que los municipios, los distribuidores, las entidades y las empresas realicen los procedimientos adecuados de tratamiento de los residuos, que se eliminan en la misma, tal como se establece en la Directiva 2008/98 de la CE.
El tribunal señala que los vertederos “han operado durante un período muy largo de manera incontrolada e ilegal y que los desechos que se vierten en los mismos, no han sido tratados para reducir su impacto negativo en el Medio Ambiente”.
El gobierno alega razones presupuestarias y legales
En sus pretensiones para evitar la condena, España ha utilizado la crisis, explicando que: “en un período de graves dificultades económicas y presupuestarias, las autoridades españolas han hecho un enorme esfuerzo adicional para lograr el cumplimiento de estas medidas” y alegó también, que, en algunos casos, los propietarios de las instalaciones han presentado recursos legales, que han estancado el sellado o eliminación de los vertederos.
Sin embargo, el Tribunal recuerda en su sentencia que: “un Estado miembro no puede invocar una situación en su legislación interna, para justificar el incumplimiento de obligaciones y plazos, en virtud del Derecho de la UE”.
La Directiva de 2008 violada por España obliga a los estados de la UE a “recuperar o eliminar los residuos de una manera que no ponga en peligro la salud humana o el Medio Ambiente” y la primera alerta de que los vertederos ilegales en España infringían esta normativa, se remonta a octubre de 2008.