Las diferentes normativas de gestión de residuos basan su desarrollo en la Directiva Marco de Residuos 2008/98/CE. En ella, se establecen las medidas para proteger el medio ambiente y la salud, mediante la prevención o la reducción de los impactos adversos de la generación y gestión de los residuos. Asimismo, impulsa la reducción de los impactos globales por el uso de los recursos y la mejora de la eficacia de dicho uso.

La Directiva, en su artículo 4, establece una jerarquía de gestión de residuos que sirve de orden de prioridades en las diferentes legislaciones y en las políticas sobre la prevención y gestión.

Tratamiento sostenible de residuos

La Unión Europea, en su Paquete sobre la Economía Circular y en su Directiva de Residuos 2008/98/CE, señala que la valorización energética es posterior a la prevención y el reciclaje de residuos y anterior a la eliminación mediante el depósito en vertedero. Tal y como se está comprobando en la UE27, el reciclado y la valorización energética son complementarios en la gestión eficiente de los residuos urbanos.

Directiva de Residuos 2008/98 [PDF]

Ley de Residuos y suelos contaminados 2011 [PDF]

Zabalgarbi es capaz de producir el 30% de la electricidad que se consume en los hogares de Bizkaia, utilizando los residuos no reciclables que se generan en el Territorio.

  • En un año tipo, la planta produce 650 millones de kWh netos (residuos+gas natural), equivalente al consumo anual de unos 370.000 vizcainos y vizcainas. Asimismo, obtiene una disponibilidad de > 8.000 horas/año, una de las más altas de Europa para este tipo de plantas.
  • Se obtiene un ahorro de energía primaria por la utilización de la biomasa que contienen los residuos urbanos (RU).
  • La utilización de RU, unido a un eficiente rendimiento de la planta, supone una importante reducción de la emisión de CO2 a la atmósfera.

Dos hitos fundamentales marcan la transición de las antiguas incineradoras a las modernas plantas de valorización energética:

  • El primero fue la aprobación de la Directiva 2000/76/CE sobre incineración (transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante Real Decreto 653/2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos) que estableció unos límites muy estrictos a cumplir por este tipo de instalaciones.
  • El segundo fue la aprobación de la Directiva 2008/98/CE sobre residuos (transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados) que marcó una exigencia en relación con la eficiencia energética mínima a conseguir en el proceso para ser catalogado como planta de valorización.

Estos requerimientos supusieron un cambio radical en el sector, que hubo de incorporar las mejores tecnologías disponibles para cumplir los nuevos requerimientos. Algunas incineradoras no pudieron hacer esta transición hacia plantas de valorización energética y se vieron obligadas a cerrar. Entre 1996 y 2008, en Euskadi, tuvieron que clausurarse tres plantas de incineración de residuos urbanos –situadas en Arrasate, Bermeo y Aulesti–, por no adaptarse a las diferentes normativas que fueron aprobándose.

Hoy en día, las modernas plantas de valorización energética que han ido incorporando las mejores tecnologías disponibles cumplen sobradamente los exigentes límites impuestos por la legislación.

Gestión de residuos en la Unión Europea

En Europa, las más de 460 plantas de valorización energética de residuos existentes, tienen la capacidad de abastecer de energía a 14 millones de habitantes, ahorrando cada año aproximadamente 40 millones de toneladas de combustibles fósiles.

Eurostat 2014

En verde: Reciclaje y Compostaje.
En amarillo: Incineración.
En rojo: Vertedero.

La Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo establece la Escala Jerárquica para el tratamiento de residuos, que empieza por la prevención como opción más adecuada, seguida por la reutilización, el reciclaje, la valorización energética y la eliminación.

La incineración con recuperación de energía se incluye en uno de estos dos conceptos: eliminación o valorización energética de residuos. La línea que marca la diferencia entre uno u otro concepto es la eficiencia energética, entendida como la capacidad de la instalación para extraer energía de los residuos.

Para medir esta eficiencia, la Directiva establece una fórmula –la llamada R1– y un valor mínimo de 0,6 que se fija para que una instalación sea considerada de valorización energética.

Certificado R1. de Eficiencia Energética de Zabalgarbi [PDF]